Incendio en nave de Manises

Incendio en la fábrica de Manises

El pasado 21 de enero se declaraba un incendio de grandes dimensiones en el Polígono de la Cova en Manises dentro de las instalaciones de la empresa Arte Regal dedicada a productos de decoración.

Vamos a analizar las diferentes garantías que deben activarse en tu seguro de empresa bien confeccionado.

Consideraciones previas

«Un contrato de seguro siempre debe reflejar la realidad de tu empresa»

 

En un siniestro de gran magnitud es cuando se pone de relieve la importancia de un seguro bien redactado.

Hablamos de que todas las partidas y datos necesarios reflejados en póliza sean fiel reflejo de la realidad de la empresa. En este caso de un almacén:

  • Medidas de protección contra incendio.
  • Valor de existencias, mobiliario y maquinaria.
  • Elementos combustibles de la construcción.
  • Facturación anual declarada y actualizada año a año.
  • Altura de almacenamiento.
  • Detalle de existencias inflamables dentro de la actividad.

Sucede el siniestro

» En pocos minutos, la zona se llenó de policías y bomberos. Ante la envergadura del siniestro, el Consorcio Provincial de Valencia movilizó a una treintena de efectivos procedentes de los parques de Paterna, Burjassot, Catarroja, Sagunto y Torrent, además de un oficial de guardia. La Generalitat activó su plan territorial de emergencias y fue necesario evacuar media docena de empresas de los alrededores, además de una gasolinera. Caos y tensión se adueñaron del polígono. «

Texto recogido de https://www.lasprovincias.es/sucesos/arde-empresa-regalos-manises-20190121134535-nt.html

Hay toda una serie de garantías que entran en marcha en dicho siniestro:

  • Responsabilidad civil explotación.
  • Responsabilidad civil patronal.
  • Responsabilidad civil inmobiliaria o locativa según sea propietario o inquilino.
  • Responsabilidad civil contaminación.
  • Daños propios al inmueble, instalaciones, mobiliario, maquinaria y existencias.
  • Paralización de la actividad con cobertura de gastos permanente o pérdida de beneficios.
  • Gastos de bomberos y autoridades.
  • Gastos de peritos, tasadores y abogados.
  • Desalojo forzoso.

Antes de entrar a analizar con más detalle estas garantías ten a mano tu póliza de pyme y mira si:

  • Tienes cobertura automática de daños para compensar valores de continente y contenido.
  • Si existe revalorización automática de capitales.
  • Cobertura a valor de nuevo mejorada tanto en continente como contenido.
  • Valor promedio de existencias. Un valor corriente es al 20% y asegura un exceso de hasta ese % respecto al valor declarado en existencias.

Tras el siniestro

Una vez intervienen las autoridades tu compañía de seguros puede comenzar a realizar una serie de servicios. Siempre que los tengas contratados:

Servicio integral de daños empresas SIDE

SIDE

En caso de una situación de contingencia (entendiendo por tal un siniestro de incendio o de fenómenos meteorológicos que supongan la destrucción total del lugar de producción incluyendo las herramientas de producción o bien una destrucción parcial de los elementos anteriormente indicados, cuando el montante de dichos daños sea superior a los 500.000 euros), se podrá activar el servicio integral de daños para empresas, que consiste en:

  • Apoyo legal.
  • Apoyo telefónico.
  • Apoyo en comunicación.
  • Apoyo técnico y de asesoramiento.

Gastos complementarios como suma extra asegurada

En este tipo de siniestros es donde los detalles marcan la diferencia.

Por un coste mínimo en tu seguro de empresa puedes sumar la cantidad de gastos complementarios a las partidas de continente y contenido en vez de ser descontado de las mismas.

En el incendio de Manises el coste de los servicios de bomberos, policía, SAMU, plan de emergencia, salvamento, desescombro, bienes de terceros, honorarios de profesionales y peritos van a ser de elevada cuantía.

Garantias principales afectadas

  • Responsabilidad civil explotación. Son los da;os materiales, personales y perjuicios consecutivos a terceros. Ten en cuenta que hablamos de daños y desalojo de otras naves, paralización de actividad, lesionados, etc.
  • Responsabilidad civil patronal. Han habido varios empleados que han tenido que ser atendidos con pronóstico aún por evaluar.
  • Responsabilidad civil inmobiliaria o locativa según sea propietario o inquilino. En el caso de ser inquilino la aseguradora del propietario repetirá frente a ti y tu compañía.
  • Responsabilidad civil contaminación. Todavía por determinar el alcance de la nube tóxica.
  • Daños propios al inmueble, instalaciones, mobiliario, maquinaria y existencias.
  • Paralización de la actividad con cobertura de gastos permanente o pérdida de beneficios. En caso de estar contratada, existen diferentes modalidades. En los próximos meses se realizará una valoración del lucro cesante.
  • Gastos de bomberos y autoridades.
  • Gastos de salvamento y desescombro.
  • Gastos de peritos, tasadores y abogados.
  • Desalojo forzoso. Estos gastos comprenden el alquiler de un local de parecidas características al que fue dañado y el traslado de los bienes asegurados.
  • Permisos y licencias.
  • Bienes propiedad de terceros.

Conclusiones

Dos de cada tres empresas no reanudan la actividad tras un siniestro derivado de un incendio importante.

Uno de los motivos que pueden ayudar a reducir el perjuicio, no arruinar a la empresa y poner de nuevo la actividad, es el disponer de un asesoramiento previo para evaluar riesgos y consecuencias de un siniestro de tal magnitud.

Si consideras que es momento de revisar tus seguros puedes contactar con nosotros para realizar un estudio pormenorizado.

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seguro para empresas bien hecho

7 claves para saber que estás delante de un seguro para empresas bien hecho

Seguros para empresas. Cómo saber que tengo un buen seguro

Vamos a darte una serie de recomendaciones para que detectes los principales errores que se cometen a la hora de contratar un seguro.

La experiencia nos dice que muchos contratos de seguro no están bien confeccionados.

No es el propósito de este artículo analizar quién es el responsable de que esto suceda.

Pero hay un perjudicado directo en caso de siniestro.

Eres tú.

Un contrato de seguro debe reflejar la realidad de tu empresa

Parece sencillo, ¿verdad?

Un contrato de seguro se rige por la confianza pero esa confianza siempre es mejor apoyarla con documentos que confirmen por escrito lo que se ha hablado.

Toca analizar los principales motivos por los que muchos seguros no cumplen esta premisa.

 

Número 1. Las actividades declaradas en el seguro

Motivo de rechazo total de un siniestro.

Si la causa es debida a una actividad no asegurada , ¿qué vamos a reclamar?

Si te dedicas al alquiler de vehículos no puede ser que únicamente indique taller, compraventa, etc.

En algún lugar del contrato debe ponerlo.

Y hablamos del seguro del local o del seguro de los vehículos, etc.

Si te dedicas al transporte y  almacenas mercancías de terceros por algún sitio deberá quedar reflejado que almacenas mercancías de terceros.

Si eres constructor y realizas reformas afectando elementos estructurales deberá aparecer bien claro.

Si gestionas o desmantelas amianto también se tiene que indicar en contrato.

Las cláusulas y las observaciones diferencian una póliza salida de una máquina a las que llevan conocimientos técnicos.

Número 2. La facturación.

La mayoría de seguros que contemplen la garantía de responsabilidad civil fijan su coste en función de  la facturación de la empresa.

Hablamos de seguros de responsabilidad civil pura.

Hablamos de la garantía de rc dentro de un seguro multirriesgo.

De una póliza de transporte por facturación.

RC directivos, seguro de ciberprotección, etc.

Puede darse la situación de que la póliza de responsabilidad se calcule en función del número de trabajadores.

No es lo habitual.

Lo que debe hacerte sospechar es que aparezca en póliza el dato de volumen de facturación y no se corresponda con el último ejercicio declarado.

Ese dato debe actualizarse todos los años.

Número 3. Los empleados.

Comentaba que existen seguros de rc que se calculan en base a número de trabajadores.

Ocurre algo parecido con los seguros de  convenio colectivo. Ya sea de accidentes o vida colectivo.

El número de trabajadores debe actualizarse año a año.

Y en  cualquier caso, si el número de empleados en tu empresa cambia, en la póliza también debe cambiarse a su renovación.

 

Número 4. El seguro me lo hace un amigo

No mirar lo que aparece en el contrato porque me lo ha hecho un amigo o un familiar es un error de bulto.

¿Es que tu amigo no se equivoca? Claro que lo hace, como todos.

Mirar los contratos que firmas no es una cuestión de desconfianza, es cuestión de responsabilidad para con tu propia empresa.

Desde la matrícula de un vehículo hasta otros detalles más minuciosos que estamos detallando.

Y lo más grave es que tuvieras dudas del contrato y por perder la amistad…no lo dijeras.

 

Número 5. Las medidas de protección contra robo e incendio.

En más ocasiones de las esperadas, me encuentro con clientes que me indican que su seguro es más económico.

Una vez me envían su póliza actual veo que indica alarma conectada cuando no es así.

O peor, tienen un escaparate de 2 capas cuando su contrato indica que el mínimo han de ser de 3 capas.

No es lo mismo cristal antimotín que cristal antirrobo.

Y cuando no hay rejas o persiana, si hay un robo habrá exclusión.

 

En cuanto a las medidas de protección contra incendios hago mención a todas esas empresas que precisan aislamiento térmico (empresas de alimentación por ejemplo).

Debe indicarse si así lo tienes los paneles sándwich o  cualquier elemento combustible en cerramientos o cubiertas.

Indicar que tienes elementos combustibles encarece el seguro y dificultar la contratación.

Pero volvemos a lo de antes. Un seguro bien hecho debe reflejar la realidad.

  • Paneles sándwich incombustibles: chapa metálica con relleno aislante de lana o fibra de vidrio, lana de roca.
  • Paneles sándwich combustibles: chapa metálica con relleno aislante de espumas de poliuretano (PIR), poliisocianurato (PUR), poliestireno (EPS, XPS).

Número seis. La valoración de los bienes y el edificio.

A la hora de asegurar  el continente y contenido de una nave industrial tenemos que apoyarnos en las definiciones de uno y otro.

Se considera continente para un riesgo industrial:

  • *Edificios y locales: El conjunto de las construcciones inmobiliarias principales y/o accesorias, donde está instalado el establecimiento, almacén o industria objeto del presente seguro y sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración, instalaciones de fuerza, transformadores y otras propias del edificio), siempre y cuando sean necesarias para el uso propio de aquéllas. En caso de copropiedad, quedan incluidos, en la proporción que le corresponda, los elementos comunes del edificio.
  • No se considerarán incluidos en el continente: el solar, los árboles y plantas de jardinería. En ningún caso tendrá consideración de continente las placas solares y sus instalaciones.
  • *Obras de reforma: Las obras de mejora y/o acondicionamiento efectuadas sobre el inmueble por parte del Tomador del Seguro o Asegurado donde se realiza la actividad objeto del presente contrato.
  • * Recinto: Conjunto de terrenos y edificios utilizados para el desarrollo de la actividad asegurada, sobre los que el Asegurado tiene derecho de propiedad o uso, y que están debidamente acondicionados, y cercados o vallados en su totalidad. Los accesos exteriores deberán disponer de cierres fuera de las horas de trabajo.

Si eres propietario y aseguras a valor total debes tener claro que es por el coste que supondría reconstruir la nave completa sin incluir el valor del suelo.

Unos valores mínimos serían 300 euros por metro cuadrado.

Una nave de 1.000m2 supondría un valor de reconstrucción de 300.000 euros.

Dependiendo de instalaciones, tipología de cubiertas, materiales empleados para la construcción, lugar donde se encuentra, etc. Este valor por metro cuadrado aumenta.

Seguramente tendrás acceso a un profesional que pueda orientarte para mayor precisión.

Lo que no es de recibo es que aparezca un valor de 150.000 euros.

Eso se llama infraseguro y afectará negativamente en caso de tener que percibir una indemnización debida a un siniestro.

Dentro de la definición de contenido, diferenciamos:

  • *Mobiliario profesional: El conjunto de los bienes muebles o enseres profesionales, tales como maquinaria e instalaciones, placas solares, utillaje y elementos de trabajo, que sean propios por razón de la actividad asegurada. Se incluyen: los ordenadores, miniordenadores, instalaciones de alarma, aparatos eléctricos y electrónicos; las palas y carretillas utilizadas para carga y descarga; las instalaciones no fijas de calefacción o climatización; y la indumentaria del personal asalariado.
  • *Existencias: El conjunto de materias primas, embalajes y todo tipo de productos destinados a la transformación o a la venta que estén en proceso de fabricación, reparación o acabado. Se incluyen también los suministros contenidos en bidones, cubas o depósitos, si se aplican directamente a la actividad declarada en póliza y se encuentran en el interior del recinto ocupado por la empresa asegurada.
  • * Objetos preciosos: Las joyas, alhajas, piedras preciosas y semipreciosas, perlas naturales o cultivadas, objetos elaborados total o parcialmente con metales preciosos, así como la bisutería fina que contenga piedras preciosas, semipreciosas o los referidos metales, aunque sea en forma de bañado o chapado.
  • *Objetos de arte y/o de especial valor: Son objetos de especial valor los que por su rareza, calidad artística, antigüedad o por las características de los trabajos que hayan necesitado para su confección tengan un valor venal especial no determinado exclusivamente por su uso o utilidad siendo su valor, en gran parte, función de unos elementos variables según el momento y cuya tasación exige la intervención de especialistas.

Tanto a la hora de asegurar el continente como el contenido debes revisar si se asegura a valor real o valor de nuevo mejorado.

Fíjate en detalles como estos:

 

 

 

 

 

 

 

Valor de nuevo 30% significa que en caso de siniestro no te pagarán el valor real sino una cantidad mejorada de valor real más el 30% de valor de nuevo.

Cobertura automática para daños significa que si tienes un exceso de continente asegurado y un defecto de contenido asegurado podrán compensarse para que no te apliquen infraseguro.

Promedio de existencias 20% quiere decir que si tienes asegurados 100.000 euros de existencias, no se aplicará infraseguro aún teniendo un 20% de más en el momento del siniestro. (es decir 120.000 euros)

Ten en cuenta que la insuficiencia de capital contratado para estas garantías puede suplirse con una revalorización automática de capitales.

Número siete. El seguro me lo hace el banco por compromiso.

 Si. Soy consciente. Tienes una póliza de crédito y te dicen que o te haces el seguro de la pyme o que te de otro la financiación.

Hasta ahí muy bien. Los bancos siguen teniendo fuerza y has de pasar por el aro.

Pero aparte de pasar por el aro,  ¿tienes que tener mal hecho el seguro?

Rotundamente no.

¿Qué soluciones me das?

Lo primero es revisar la póliza con ellos hasta que reflejen la realidad.

Segundo. Contrata un seguro básico de incendio y sal de ahí corriendo a buscar a un profesional.

No olvides que un seguro mal confeccionado aumenta las probabilidades de que sea un seguro rentable para todo el mundo menos para ti.

Y eso es así porque se rechazarán la mayoría de siniestros.

Sobre todo los que intervengan peritos.

Si tienes cualquier duda contacta con nosotros.

P.D. Si en el 2018, en el que se escribe este artículo,  no tienes tu póliza en el correo electrónico desde el primer momento…mal asunto.

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Cobertura de responsabilidad civil profesional técnicos en plantilla

seguro de responsabilidad civil profesional de los técnicos en plantilla

Responsabilidad civil profesional de los técnicos titulados que trabajen en tu empresa

Dentro del seguro de responsabilidad civil construcción / instaladores orientado a empresas como la tuya, damos cobertura a la responsabilidad civil profesional de los técnicos en plantilla.

Como siempre indicamos, será fundamental reflejar muy bien en la póliza todas las actividades que realiza tu empresa para que los técnicos dentro de su cometido, estén cubiertos bajo las condiciones que aquí abajo transcribimos.

Copia íntegra de las condiciones de la clausula responsabilidad civil profesional técnicos en plantilla

A.- COBERTURA Y LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN:
Hasta el límite de suma asegurado y con la franquicias indicadas para cada uno de los riesgos incluidos en la cobertura, el seguro ampara también las reclamaciones formuladas por responsabilidad civil profesional de los técnicos que formen parte de la plantilla de la empresa (con relación de dependencia laboral) por los daños que, estando cubiertos por el seguro, sean imputables a la responsabilidad directa de dichos técnicos por su ejercicio profesional en el ámbito de las funciones y tareas encomendadas dentro de las actividades objeto del seguro.
La cobertura incluye:
A.1 La elaboración de proyectos o diseños de productos u obras realizados por el asegurado en el
ámbito de la actividad asegurada.
A.2 La supervisión y control técnicos de la ejecución material de los trabajos propios de la actividad
objeto del seguro.

B.- VALIDEZ TEMPORAL DE LA COBERTURA:
La cobertura del seguro se amparara las reclamaciones comunicadas a AXA SEGUROS durante la vigencia del seguro, a condición de que se acrediten las siguientes circunstancias:
B.1 Que el error o falta profesional causante de los daños se hubiera cometido después de la toma de
efecto en el contrato de la presente cobertura y durante la vigencia del seguro, y
B.2 Que los daños derivados de dichos errores o faltas se manifiesten por primera vez durante la vigencia del seguro. No obstante, para los daños manifestados durante la vigencia, que fueran desconocidos por el asegurado, la cobertura del seguro ampara las reclamaciones que pudieran formularse durante los 12 meses siguientes a la terminación, anulación o resolución del mismo.

C.- EXCLUSIONES:
En todo caso, y como complemento a las exclusiones de orden general, la cobertura del seguro no ampara las reclamaciones por:
C.1 Daños derivados de productos, obras, trabajos o servicios no realizados por el asegurado, aun cuando el proyecto, diseño, control o dirección técnica corriera por cuenta de los técnicos en plantilla.

C.2 Daños físicos, deterioro o destrucción de cosas, obras o instalaciones sobre las que hayan desempeñado los cometidos profesionales los técnicos de la empresa asegurada.

C.3 Daños imputables a la responsabilidad de técnicos que no se hallen en plantilla de la
empresa asegurada.

C.4 Gastos o costes debidos a la realización de un nuevo proyecto o rectificación del mismo (honorarios, coste de investigaciones o estudios, planos y otros).

C.5 La responsabilidad civil exigible conforme a los artículos 1.909 y 1.591 del código civil
(responsabilidad civil decenal) o cualquier otra norma que en el futuro le sustituya, así como las responsabilidades reguladas en la ley de ordenación de la edificación (ley 38/1999 de 5 de noviembre)

C.6 Por perjuicios económicos derivados de la falta de eficacia, mal funcionamiento o
inadecuación del producto, obra, trabajo o servicio para el fin o utilidad con que fue
concebido, así como la falta de calidad debida a ahorro consciente  en el empleo de la
técnica o materiales precisos, salvo que los perjuicios sean consecuencia directa e inmediata de un daño personal o material (a otra cosa) ocasionado por el producto, obra, trabajo o servicio.

C.7 Derivadas de calculo defectuoso o exceso de mediciones o presupuestos que tengan como consecuencia la variación del coste de la obra con respecto al presupuesto inicial,
conformación de edificios o instalaciones distinta a la prevista, o de mayor o menor cabida.

C.8 Infracción de normas urbanísticas o de concesión de licencias de obras y ordenanzas
municipales, infracción de derechos de autor o inobservancia de servidumbres o lindes.

C.9 Por la intervención en operaciones financieras de cualquier clase, de títulos o créditos, mediación o representación en negocios pecuniarios, crediticios, inmobiliarios o similares.

C.10 Por daños derivados de errores profesionales cometidos en el extranjero.

C.11 Por errónea elección del emplazamiento de la obra o instalación, o errónea valoración de la coyuntura o de la situación de mercado.

Consideraciones sobre el clausulado de rc profesional técnicos en plantilla

Tras leer la clausula pueden venirte algunas dudas.

¿Tendría cobertura los técnicos en plantilla en mi póliza si realizo un proyecto de una obra sin encargarme de la ejecución?

Sólo en el caso de que tu póliza contemple como actividades  arquitectura o ingeniería. (Ya no estaríamos hablando de construcción o instalación).

O directamente contratando aparte una póliza de responsabilidad civil profesional, todo dependerá de la facturación sobre el total y la complejidad del proyecto.

Y sucede de igual forma en el caso de dirección facultativa con supervisión de trabajos desarrollados por terceros.

Sería necesario que además de la póliza de seguro de responsabilidad civil instaladores / construcción tuvieras un seguro de responsabilidad civil ingenieros o arquitectos.

Cuál es el coste de incluir la garantía de responsabilidad civil técnicos en plantilla

Dicha clausula no tiene coste alguno y sería a petición tuya incluirla dentro de nuestra póliza de responsabilidad civil general de tu empresa de construcción / instaladores.

Una última observación. 

Si tienes técnicos en plantilla con una retribución elevada sería muy aconsejable revisar el sublímite por víctima en la garantía de responsabilidad civil patronal con al menos un mínimo de 450.000 euros.

Si deseas más información sobre responsabilidad civil profesional técnicos en plantilla no dudes en consultarnos.

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